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discriminacion laboral 300x240 Discriminación laboral. Qué es y cómo denunciarla

Discriminación laboral

El estatuto de los trabajadores garantiza la no discriminación en las relaciones laborales.
En su Artículo 17 señala de forma precisa que se considerarán nulos y sin efecto las reglas, las cláusulas de los convenios colectivos, los pactos individuales y las decisiones unilaterales del empresario que discriminen a los trabajadores por razones de edad, sexo, origen, estado civil, raza, condición social,ideas religiosas o políticas, adhesióno no a sindicatos, vínculos de parentesco con otros trabajadores en la empresa y lengua dentro del Estado español.

Asimismo en su Artículo 28, habla de la obligación del empresario de pagar la misma remuneración, tanto a hombres como a mujeres, por la prestación de un trabajo de igual valor.

Respecto a las causas de despido, el Artículos 55 sice que éste será nulo cuando tenga por móvil a alguna de las causas de discriminación prohibidas en la Constitución Española o en la ley.


La discriminación por razon de sexo sigue siendo la más extendida en todo el mundo laboral, según la OIT
(Organización Internacional Del Trabajo). Actualmente en la legistlación española, las actuaciones en materia de discriminación por razón de sexo tienen carácter prioritario respecto a cualquier otra por parte de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, de modo que las Direcciones Provinciales están obligadas a inicar las actuaciones inspectoras en 24 horas desde la entrada de la denuncia.

Además desde la entrada en vigor de la LEY DE LA IGUALDAD, la inspección de Trabajo puede iniciar un procedimiento de oficio ante los Juzgados de lo Social, aunque no haya extendido acta de infracción, con el objeto de corregir cuanto antes la actuación empresarial y fijar para el trabajador afectado una indemnización.

Los trabajadores afectados por una desigualdad de trato pueden presentar su denuncia por vía judicial o administrativa. La norma prevé que la carga de la prueba de los procedimiento civiles y administrativos sea compartida por laparte demandada y la demandante, para que las personas afectadas puedan demostrar su caso con más facilidad.
Si la denunciannte es una trabajadora y la causa de su reivindicación es el hecho de ser mujer, también puede entregar su denuncia en el Instituto de la Mujer, que la derivará directamente a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.


Para saber más:

http://www.stopdiscriminacion.org

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